Información para asesores

Derechos y deberes de los asesores

El asesor acreditado como pleno podrá orientar hasta 8 (ocho) alumnos. Adicionalmente, se puede co-orientar hasta 5 (cinco) alumnos, siempre que la suma de orientaciones y co-orientaciones no exceda de quince. El asesor específico tendrá su orientación vinculada a un solo alumno.

Todos los supervisores son responsables de orientar a sus estudiantes, desde la formulación y / o reformulación del proyecto de disertación / tesis, el desarrollo del proyecto, la elección de asignaturas, la preparación para el examen de calificación, hasta la redacción de la disertación / tesis.

Al aceptar la orientación de un estudiante, el asesor también es responsable de asegurar la infraestructura y los recursos necesarios para el desarrollo del proyecto entregado por el estudiante para la inscripción en el examen de ingreso, y para evaluar el desempeño de sus estudiantes a través del seguimiento / evaluación. informe.

Todos los supervisores tienen la obligación de entregar, dentro del plazo, los informes anuales de producción científica solicitados por el Comité Coordinador del Programa - CCP y, en la medida de lo posible, cumplir con las solicitudes de dictamen realizadas por este comité.

Todos los asesores deben mantener una publicación científica de calidad durante el período de acreditación en el programa, y ​​los asesores completos deben enseñar la disciplina de posgrado al menos dos veces durante el período de cuatro años.

Programa de acreditación y reacreditación

Las solicitudes de acreditación y reacreditación deben dirigirse al coordinador del programa o al CCP y enviarse en formato PDF a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

La ECC se manifestará justificadamente en relación con la solicitud previa consulta a los ponentes.

Acreditación completa de asesores

La acreditación como asesor completo es válida por un período de cuatro años y puede renovarse. Si no hay interés en renovar la acreditación o no se aprueba la re-acreditación, el asesor puede completar la orientación en curso.

Para la acreditación completa de asesores, se requerirán los siguientes elementos:

1a) Los solicitantes de la acreditación como asesor completo deben presentar al menos 4 artículos completos en revistas calificadas en los 4 estratos superiores de la clasificación Qualis (A). Un máximo de 2 artículos pueden ser reemplazados por la producción de libros o capítulos de libros de acuerdo con la siguiente equivalencia: un máximo de 2 capítulos de libros publicados por editoriales nacionales o internacionales de renombre; o un máximo de un libro completo editado por una editorial de renombre nacional o internacional.

1b) Los solicitantes de la acreditación como asesor titular deberán presentar, concurrentemente con su solicitud de acreditación, una propuesta de curso de Postgrado.

1c) El Comité Coordinador del Programa se manifestará justificadamente en relación a la solicitud, previa consulta a los relatores.

Renovación de la acreditación de asesores

Para la reacreditación de asesores, se requerirán los siguientes elementos:

2a) La solicitud de reacreditación se enviará al Coordinador del Programa y deberá contener la dirección de acceso (URL) del plan de estudios de LATTES;

2b) Los mismos criterios enumerados anteriormente para la acreditación, además de los siguientes;

2c) Entre los 4 artículos completos publicados en revistas especializadas clasificadas en los 4 (cuatro) estratos superiores de la clasificación Qualis, o libros y capítulos de libros publicados por editoriales nacionales o internacionales de renombre, al menos uno de estos productos ha sido publicado en co- autoría con un estudiante (s) o graduado (s) del programa. Este requisito no se aplica a los solicitantes que soliciten una nueva acreditación por primera vez;

2d) Se requiere que el solicitante de la reacreditación haya ofrecido y enseñado, al menos dos veces en los últimos 4 años, una asignatura de nuestro Programa de Posgrado;

2e) El solicitante debe haber sido el asesor principal de al menos un título de maestría o doctorado en el programa en el último período de acreditación;

2f) Los postulantes que no presenten informes anuales de actividad - para su inclusión en el sistema Sucupira / CAPES - y los informes anuales de evaluación del desempeño académico de sus estudiantes, requeridos por el CCP, no serán re-acreditados;

2g) El Comité Coordinador del Programa se manifestará justificadamente en relación a la solicitud, previa consulta a los relatores;

2h) Los asesores a quienes se les haya negado una solicitud de acreditación basada en los puntos (2b), (2d), (2e) y (2f) tienen prohibido solicitar acreditación por un período de 6 (seis) meses.

Acreditación de co-asesores

3a) La figura del co-asesor se justifica cuando existe la necesidad de un aporte teórico y experimental que complemente al asesor para el desarrollo del trabajo.

3b) La acreditación del co-asesor será juzgada por el CCP después de consultar al relator.

3c) El plazo para la acreditación de co-asesor en el máster será de 20 (veinte) meses.

3d) El plazo para la acreditación de co-asesor en el curso de doctorado será de 33 (treinta y tres) meses.

3e) El plazo para la acreditación de co-asesor en el curso de doctorado directo será de 48 (cuarenta y ocho) meses.

3f) Los solicitantes de la acreditación como co-asesor deben presentar al menos 1 artículo completo en revistas calificadas en los 4 estratos superiores de la clasificación Qualis (A).

Para la acreditación como co-asesor, el solicitante debe enviar, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., una carta solicitando la acreditación como co-asesor, con una breve justificación de la contribución que hará en la co- supervisión del proyecto del estudiante, plan de estudios Lattes actualizado y proyecto del estudiante.

Acreditación específica de asesores

En las solicitudes de acreditación de asesores específicos se deben observar los siguientes aspectos:

4a) Los solicitantes de la acreditación como asesor específico deben presentar al menos 2 artículos completos en revistas calificadas en los 4 estratos superiores de la clasificación Qualis (A).

4b) Un máximo de 1 capítulo de libro publicado por editoriales nacionales o internacionales de renombre podrá ser considerado por el comité como equivalente a uno de los productos especificados en (4a).

4c) El solicitante de la acreditación como asesor específico no tiene la obligación de ofrecer asignaturas en el programa.

4d) El interesado deberá informar al enlace profesional vigente, mencionando la duración del enlace y la línea de investigación.

4e) El Comité Coordinador del Programa se manifestará justificadamente en relación a la solicitud, previa consulta al relator.

Para la acreditación como específica, el solicitante debe enviar, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., una carta solicitando acreditación específica, currículum Lattes actualizado y el proyecto del futuro alumno.

Asesores externos

Los asesores fuera de la USP pueden solicitar una acreditación completa o específica y deben cumplir con los mismos criterios mínimos para la acreditación completa y específica especificados anteriormente.

En las solicitudes relativas a la acreditación de asesores externos a la USP, incluyendo Investigadores Jóvenes, Profesores Visitantes, Investigadores Internos y otros, también se deben observar los siguientes aspectos:

5a) Justificación detallada del solicitante con respecto a la contribución innovadora del proyecto al programa de posgrado;

5b) Identificación del vínculo del interesado (ej .: joven investigador), mencionando la duración del programa y la línea de investigación;

5c) Demostrar la existencia de infraestructura (física, material y / o equipamiento);

5d) Demostrar la existencia de recursos para financiar el proyecto propuesto de orientación de posgrado;

5e) Manifestación de un profesor de la institución o supervisor, con el consentimiento del jefe del departamento o equivalente, demostrando acuerdo en el uso del espacio para el desarrollo de la orientación solicitada y mantenimiento de condiciones para la ejecución de la labor del graduado. proyecto;

5f) Currículum vitae del interesado, incluyendo, en su caso, las directrices completadas y en curso en la USP y en otros lugares;

5g) Demostrar el estado funcional y afiliación institucional del interesado (si el interesado no acredita una afiliación institucional estable, el período de permanencia en la institución de la USP debe ser al menos el 75% del plazo máximo para la presentación de la disertación o tesis).